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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341634
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 524
INQUILINATO EN VERACRUZ (ACCIONES, ESTUDIO DE LAS).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 524
Aunque el demandado no oponga excepciones oportunamente sino hasta el momento de la audiencia incidental, el Juez debe resolver sobre la procedencia de las acciones, analizar los fundamentos de las mismas y, por tanto, en su caso, decidir si frente a los preceptos de la Ley Inquilinaria cabe demandar al mismo tiempo la revaluación de un inmueble y el otorgamiento de un nuevo contrato.
Precedentes
Amparo civil directo 413/53. Fernández viuda de Cangas Concepción. 3 de agosto de 1953. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Mercado Alarcón.