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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341640
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 571
ARRENDAMIENTO, PRORROGA DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 571
La prórroga en materia sobre contratos de arrendamiento, no procede cuando éste ha sido celebrado por tiempo indefinido, sino únicamente en los contratos a plazo fijo, y dicha prórroga debe solicitarse mientras esté en vigor el arrendamiento, no después, ya que solamente puede prorrogarse lo que tiene existencia, no lo que ha fenecido.
Precedentes
Amparo civil directo 301/53. Guzmán Angela. 5 de agosto de 1953. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Rafael Rojina Villegas. Relator: Agustín Mercado Alarcón.