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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341654
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 683
MENORES, CONFESION FICTA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 683
La confesión de un menor de edad no puede hacer prueba plena, pues es su tutor nombrado en juicio quien debe ser citado a absolver posiciones y el único que puede declararse confesó, pero no el menor, sin advertirse que es incapaz.
Precedentes
Amparo civil directo 1494/53. Ramírez de Luria Rafaela. 17 de agosto de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Rafael Rojina Villegas.