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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341660
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 739
AMPARO IMPROCEDENTE, MULTA EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 739
Si es clara y evidente la vigencia de las disposiciones legales que el quejoso alega se encuentran derogadas, esto pone de manifiesto que el amparo pedido contra una sentencia de remate, no persigue más finalidad que entorpecer la ejecución del acto reclamado, aunque no se haya pedido la suspensión, pues al quedar sub júdice la resolución contra la que se pidió amparo, seguramente que nadie se atrevería a concurrir como postor en el remate.
Precedentes
Amparo civil directo 1314/53. Carbón de Turba, S. A. 21 de agosto de 1953. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.