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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341667
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 902
FIDEICOMISO, REGISTRO DEL PARA QUE SURTA EFECTOS CONTRA TERCERO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 902
Conforme al artículo 353 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, el fideicomiso surtirá efectos contra tercero desde la fecha de su inscripción en el Registro Público de la propiedad, y dada la intención clara del legislador mercantil, quien tuvo algún motivo poderoso para disponer que el fideicomiso no se rigiera por las disposiciones ordinarias y comunes del derecho civil, no es el Código Civil sino el mencionado artículo el que resuelva el punto relativo al momento en que el fideicomiso tiene plena eficacia en cuanto afectación del patrimonio del fideicomitente.
Precedentes
Amparo civil directo 2429/53. Financiera de Construcciones, S. A. 7 de septiembre de 1953. Mayoría de tres votos. Disidente: Rafael Rojina Villegas. Ponente: Vicente Santos Guajardo.