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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341683
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 1020
INFORMACIONES AD PERPETUAM.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 1020
Es posible ordenar la tildación de la inscripción de la sentencia recaída en una información ad perpetuam, sin que sea indispensable reclamar la nulidad de la sentencia y sin que pueda hablarse de afectación del principio de la cosa juzgada, pues tales fallos son solamente declarativos, pero siempre sin perjuicio del derecho de tercero.
Precedentes
Amparo civil directo 123/53. Mosqueda Barbosa Prisciliano. 23 de septiembre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Relator: Agustín Mercado Alarcón.