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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341692
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 1040
MANDATARIO, NO PUEDE OBLIGAR CAMBIARIAMENTE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 1040
Sea cual fuere la extensión del mandato, es indispensable una cláusula especial para que el mandatario obligue cambiariamente al mandante, dado el rigor excepcional que caracteriza a éste tipo de obligaciones.
Precedentes
Amparo civil directo 741/53. Camino Ruiz Francisco. 23 de septiembre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Relator: Agustín Mercado Alarcón.