Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/341715
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341715
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 1328
ARRENDAMIENTO, LEY INQUILINARIA DE VERACRUZ.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 1328
En tanto esté vigente un contrato de arrendamiento, éste sólo puede regirse por la Ley Inquilinaria y no por el Código Civil, y el inquilino sólo está obligado a pagar la renta estipulada en el contrato respectivo.
Precedentes
Amparo civil directo 5119/52. Tress Cado Juan. 11 de mayo de 1953. Unanimidad de cinco votos. Relator: Rafael Rojina Villegas.