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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341732
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 1681
DOMINIO, ACTOS DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 1681
La construcción de una pieza en un inmueble, la introducción de servicios de agua potable, drenaje y luz eléctrica, la realización de reparaciones y el haberse pagado el impuesto predial, son actos que no pueden calificarse propiamente como actos de dominio, toda vez que éstos implican esencialmente la disposición de la cosa y tampoco deben confundirse con el concepto de propietario, que consiste en no reconocer a otro como dueño.
Precedentes
Amparo civil directo 1791/53. Torres Félix. 10 de septiembre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Gabriel García Rojas no votó por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Rafael Rojina Villegas.