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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341740
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 83
PAGO DE LO INDEBIDO, TRATANDOSE DE COSA CIERTA Y DETERMINADA (LEGISLACIONES CIVIL FEDERAL Y DEL ESTADO DE TAMAULIPAS).
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 83
Los artículos 1887 del Código Civil Federal y 558 del Código del Estado de Tamaulipas, no tienen aplicación cuando el pago de lo indebido consiste en una suma de dinero; pues se refieren a los casos en que lo pagado indebidamente sea de cosa cierta y determinada, de cuyos menoscabos o pérdidas de ésta o de sus accesiones, responderá el que indebidamente la hubiere aceptado en pago.
Precedentes
Amparo civil directo 4889/47. Petróleos Mexicanos. 10 de abril de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.