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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341741
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 87
MANDAMIENTOS JUDICIALES ILEGALES, IMPUGNACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 87
Cuando se pronuncia un mandamiento judicial que no está de acuerdo con las disposiciones legales que deben observarse al dictarlo, no puede decirse que ese mandamiento sea nulo, sino que es contrario a las normas jurídicas que regulan la materia, y este defecto puede subsanarse mediante los recursos que la ley confiere a las partes, y, cuando no existan estos y el acto sea de tal naturaleza que tenga efectos definitivos, mediante el amparo indirecto.
Precedentes
Amparo civil directo 6919/50. Garza de Grauman Aurora. 3 de julio de 1953. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.