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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341753
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 183
TERCEROS ADQUIRENTES DE BUENA FE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 183
La circunstancia de que en el título constitutivo del derecho de propiedad de una persona se haga mención de que el mismo proviene de la elevación de una minuta a escritura y del juicio tramitado para ello, lejos de revelar mala fe del adquirente, demuestra precisamente que adquirió el inmueble con el conocimiento y sobre la base de una sentencia ejecutoriada, sentencia que tácitamente reconoce la bondad del título del vendedor, al ordenar que se proceda a elevar a escritura pública la minuta otorgada.
Precedentes
Amparo civil directo 2175/52. Compañía Fraccionadora Anáhuac, S. A. 20 de abril de 1953. Mayoría de tres votos. Disidentes: Roque Estrada y Gabriel García Rojas. Relator: Agustín Mercado Alarcón.