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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341761
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 188
EMBARGO, CUANDO CONSTITUYE UN GRAVAMEN REAL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 188
Si bien los acreedores quirografarios no pueden considerarse como titulares de derechos reales, su condición jurídica cambia desde el momento en que registran un embargo de bienes inmuebles, lo cual da al gravamen el carácter de real, que se actualiza en el momento del registro del citado embargo.
Precedentes
Amparo civil directo 6020/48. Vargas Carlos Manuel. 20 de abril de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo LXXII, pág. 3272. Amparo civil en revisión 1450/37. Menes Ricardo. 6 de mayo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Ponente: Eduardo Vasconcelos.