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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341796
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 593
TITULOS DE CAMBIO, ENDOSO POSTERIOR AL VENCIMIENTO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 593
El endoso fuera del vencimiento no hace perder el carácter de título ejecutivo al documento endosado, pues subroga al adquirente en todos los derechos que el título confiere, entre los que está precisamente el ser título ejecutivo, y no hay violación del artículo 37 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, al estimarse así, pues aunque tal artículo ordena que el endoso posterior surta efectos de cesión ordinaria, esto no quiere decir que por ese motivo se destruya la acción ejercitada en contra del aceptante de la letra, pues no hay disposición legal que haga desaparecer su ejecutividad por el hecho de haberse endosado con posterioridad a su vencimiento.
Precedentes
Amparo civil directo 723/53. Sánchez Torres Herminio. 22 de junio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Agustín Mercado Alarcón no votó por las razones que constan en el acta del día. Relator: Rafael Rojina Villegas.