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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341802
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 667
LETRAS, DEVOLUCION DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 667
Si se demanda la declaración de nulidad de una letra de cambio, por prescripción de la misma, el actor no puede exigir que se le devuelva, pues aunque haya terminado la acción cambiaria de la letra vencida, puede derivarse una acción distinta, como la causal o la de enriquecimiento ilegítimo, posibilidad que basta para que sea improcedente condenar a la parte demandada a entregar el documento.
Precedentes
Amparo civil directo 4802/52. Abolnik Samuel. 25 de junio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Agustín Mercado Alarcón no votó en este asunto por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Vicente Santos Guajardo.