Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/341809
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341809
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 1084
MANDATO, ESPECIFICACIONES DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 1084
Si un mandato es revocado y después en una carta el mandante precisa al mandatario la prestación de determinados servicios profesionales, es incuestionable que la aceptación del poder para estos servicios, se hace bajo las condiciones contenidas en dicha carta, si no se demuestra lo contrario.
Precedentes
Amparo civil directo 286/52. Compañía Cervecera de Tijuana, S. A. 8 de abril de 1953. Mayoría de tres votos. El Ministro Agustín Mercado Alarcón no intervino en esta resolución por las razones que constan en el acta del día. Disidente: Vicente Santos Guajardo. Engrose: Rafael Rojina Villegas.