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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341812
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 1174
DOCUMENTOS, COPIAS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 1174
Presentada en tiempo la copia de un documento ofrecido como prueba y admitida por el Juez, está obligado a estimar su eficacia probatoria, desde el momento en que tuvo por ofrecida y rendida la prueba documental respectiva, y para ello no importa que el original del documento haya sido presentado fuera de tiempo y rechazado, pues la copia, en sí, debe ser objeto de una consideración especial a la que debe dársele el valor que le corresponda, relacionándola con los demás elementos probatorios.
Precedentes
Amparo civil directo 4644/52. Caballero Melchor D. 13 de mayo de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Disidente: Roque Estrada. Relator: Rafael Rojina Villegas.