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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341828
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 234
LANZAMIENTO, CONTRAFIANZA IMPROCEDENTE TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 234
De acuerdo con los precedentes de la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, en el sentido de que no procede la contrafianza tratándose de lanzamiento, debe declararse fundada la queja que se interponga contra el auto que admite dicha contrafianza.
Precedentes
Amparo civil 225/52. Villarreal Martínez Manuel. 9 de febrero de 1953. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo CIV. Pág. 213. Queja en amparo civil 32/50. Anaya Aureliano A. 12 de abril de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Castro Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.