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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341855
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 384
TRANSACCION, NATURALEZA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 384
Como en la transacción hay una renuncia parcial de las pretensiones de cada parte y con ella el conflicto litigioso se resuelve definitivamente, puesto que no admite recurso en su contra y el objeto sobre el que recae nunca más podría someterse a nueva discusión, o prueba, es indudable que se trata de un contrato que extingue, por transacción, precisamente el contrato primitivo, de manera que las partes no podrían ya ejercitar la acción que en este último tuviera su fuente; pero es obvio que para que alcance la autoridad de cosa juzgada, se necesita de una resolución que lo apruebe judicialmente y que lo eleve a esa categoría.
Precedentes
Amparo civil directo 5668/51. Latino Americana, Compañía de Seguros sobre la Vida, S.A. 25 de febrero de 1953. Mayoría de tres votos. Disidentes: Rafael Rojina Villegas y Roque Estrada. Ponente: Gabriel García Rojas.