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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341863
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 435
ARRENDAMIENTO, EFECTOS DE LA INTERPELACION POR MEDIO DE LA DEMANDA, EN CUANTO A RENTAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 435
Es cierto que la notificación de la demanda hace veces de interpelación, pero el hecho de que el actor exprese en su demanda que exige el pago de las rentas vencidas y de las que se sigan venciendo, no significa que el monto de la interpelación sea el de todas las rentas que se venzan hasta la desocupación del inmueble, sino únicamente las adeudadas en la fecha de la demanda.
Precedentes
Amparo civil directo 4337/52. Evia Ramón Máximo. 5 de marzo de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.