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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341895
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 887
REIVINDICACION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXV; Pág. 887
Ejercitada la acción reivindicatoria, no en contra del vendedor sino de una tercera persona, el hecho de que el contrato de compraventa, base de la acción, sea imperfecto, porque no se haya dado la posesión material del inmueble, en el momento de efectuar la operación, no produce nulidad alguna que pueda alegarse por el poseedor extraño a dicha relación jurídica, y porque la compraventa es un contrato perfecto y obligatorio para las partes, cuando éstas han convenido sobre la cosa y el precio. aunque la primera no haya sido entregada ni el segundo satisfecho.
Precedentes
Amparo civil directo 3202/52. Abarca Isaura. 14 de enero de 1953. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Gabriel García Rojas. Relator: Rafael Rojina Villegas.