Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/341955
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 341955
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIV; Pág. 264
NACIONALIZACION, AMPARO PEDIDO POR EL MINISTERIO PUBLICO CONTRA LAS SENTENCIAS EN LOS JUICIOS DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIV; Pág. 264
La jurisprudencia que declaraba que el Ministerio Público no puede pedir amparo contra las sentencias pronunciadas en los juicios de nacionalización de bienes, ha sido modificada en el sentido de considerarlo como representante del Estado como persona moral de derecho y con relación a sus bienes patrimoniales, pues hoy día resulta incuestionable que el representante de dicha institución litigue representando a la nación en su calidad de funcionario, por lo que además de no ser causa de sobreseimiento el que dicha institución, pida amparo, siendo una persona moral de derecho, tiene que cumplir con los mismos requisitos que exige la ley a cualquier persona para comparecer en juicio.
Precedentes
Amparo civil directo 246/52. Agente del Ministerio Público Federal adscrito al Tribunal Unitario del Primer Circuito. 7 de noviembre de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XCVIII, pág. 1112. Amparo civil directo 604/46. Agente del Ministerio Público Federal. 10 de noviembre de 1948. Mayoría de tres votos. Ponente: Carlos I. Meléndez.
Tomo XCII, pág. 1726. Amparo civil directo 6594/45. Agente del Ministerio Público Federal. 9 de junio de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos I. Meléndez.
Tomo XXV, pág. 690. Amparo civil en revisión. Agente del Ministerio Público Federal. 13 de febrero de 1929. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.