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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342041
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 292
SOCIEDADES MERCANTILES, SOCIOS DE HECHO EN LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 292
Como la Ley General de Sociedades Mercantiles no admite ni reconoce socios de facto, las promesas hechas a una persona por los componentes de una sociedad, de convertirlo en socio, jamás pueden tener el efecto de darle tal carácter, ni derecho a pedir la liquidación de la sociedad, ya que no forma parte de ella, ni de reclamar participaciones, que sólo corresponden a los socios legítimamente constituidos.
Precedentes
Amparo civil directo 6039/51. Morales Meneses Jesús. 16 de julio de 1952. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Carlos I. Meléndez no intervino en este asunto por las razones expuestas en el acta del día. Ponente: Vicente Santos Guajardo.