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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342058
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 464
ARRENDAMIENTO, EL CONTRATO DE, ES BASE DE LA ACCION CONTRA EL FIADOR.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 464
Si una demanda por pago de rentas se endereza en contra del fiador, el contrato de arrendamiento es bastante por sí solo para tener por demostrada la acción, toda vez que del mismo se deriva el derecho del propietario para reclamar las rentas, y la acción ejercitada solamente puede ser destruida en caso de que el fiador demandado demuestre que el inquilino no ha ocupado la casa arrendada durante el tiempo por el que se le cobran las rentas o que éstas ya fueron pagadas.
Precedentes
Amparo civil directo 308/52. Sevilla Manuel. 8 de agosto de 1952. Mayoría de tres votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. Disidente: Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.