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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342066
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 572
FACTURAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 572
Aunque en sí mismas carecen de eficacia probatoria, por constituir documentos privados no reconocidos, su valor puede robustecerse mediante otras pruebas, como la testimonial.
Precedentes
Amparo 75/52. Robashi Carlos. 20 de agosto de 1952. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo CVII, pág. 1916. Amparo civil directo 4267/50. Huerta Maximino. 14 de marzo de 1951. Mayoría de tres votos. Disidente: Roque Estrada. Relator: Hilario Medina.