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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342072
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 633
ARRENDAMIENTO, APLICACION RETROACTIVA DE DECRETO DE 30 DE DICIEMBRE DE 1947.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 633
La aplicación retroactiva del decreto de treinta de diciembre de mil novecientos cuarenta y siete, es violatoria del artículo 14 constitucional.
Precedentes
Amparo 4949/48. Construcciones e Inversiones Urbanas, S. C. 22 de agosto de 1952. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo CVI, pág. 1197. Amparo civil directo 4953/48. Construcciones e Inversiones Urbanas, S. C. 8 de noviembre de 1950. Mayoría de tres votos. El Ministro Vicente Santos Guajardo no votó por las razones que constan en el acta del día. Disidente: Vicente Santos Guajardo. Ponente: Carlos I. Meléndez.