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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342073
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 646
LETRAS DE CAMBIO, REPRESENTACION APARENTE EN LA SUSCRIPCION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 646
La excepción de falta de representación de la persona que suscribe títulos de crédito a nombre de otro, tiene como salvedad lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, disposición aplicable al caso en que unas letras de cambio son aceptadas por uno solo de los apoderados constituidos por el aceptante, con la exigencia para "todo caso" de obrar mancomunadamente, cuando por la cantidad de hechos concurrentes se da lugar a que se crea que quien aceptó estuvo facultado para hacerlo.
Precedentes
Amparo civil directo 4058/51. José A. Montemayor e Hijos. 25 de agosto de 1952. Mayoría de tres votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. Disidente: Rafael Rojina Villegas. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.