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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342077
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 686
NOTIFICACIONES POR LISTA, EFECTOS DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 686
El hecho de que la diligencia ordenada en un auto se efectúe antes de que surta efectos la notificación por lista, no afecta en lo absoluto al acto procesal mismo, porque tal notificación, como todas, a lo único que tiende es al conocimiento de lo ordenado, y el que la diligencia se efectúe no implica defecto legal, sino por el contrario, mayor rapidez del procedimiento.
Precedentes
Amparo civil directo 1024/52. Torres Mendoza María Salud. 29 de agosto de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. La publicación no menciona el nombre del ponente.