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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342082
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 734
CADUCIDAD EN EL AMPARO, INTERPOSICION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 734
El criterio de la mayoría de la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, en lo referente a la aplicación del artículo 74 de la Ley de Amparo, en relación con la fracción XIV del artículo 107 constitucional, es que también las actuaciones judiciales interrumpen el término de caducidad.
Precedentes
Amparo civil directo 5906/51. Casas, S. A., en Liquidación. 5 de septiembre de 1952. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.