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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342094
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 782
DOMICILIO CONYUGAL, UBICACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIII; Pág. 782
Aunque los consortes hayan vivido una temporada en determinada casa, demostrado que era la residencia de los padres de alguno de ellos, así como que cuando vivieron en la misma el marido se ausentaba frecuentemente de su lugar de ubicación y que por fin regresó definitivamente a otro lugar, en indudable que tal casa no puede ser considerada como domicilio conyugal.
Precedentes
Amparo civil directo 1128/52. Padilla de Vázquez Catalina. 11 de septiembre de 1952. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.