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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342125
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 505
CONCEPTOS DE VIOLACION DEFICIENTES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 505
Si el quejoso no expresa por qué razón los fundamentos aducidos en la sentencia reclamada violan en su perjuicio las garantías constitucionales que invoca, debe negársele la protección federal solicitada.
Precedentes
Amparo civil directo 6022/51. Carreto García Cayetano 25 de abril de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. Relator: Rafael Rojina Villegas.