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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342158
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 696
HIPOTECA SOBRE FINCAS QUE SUFREN AFECTACIONES AGRARIAS, REDUCCION PROPORCIONAL DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 696
El valor total de la finca hipotecada y el de la parte que sufre la afectación agraria, son enteramente necesarios para que pueda hacerse la reducción proporcional del gravamen, de acuerdo con el artículo 175 del Código Agrario, que dispone: "Los gravámenes constituidos sobre los bienes que sufren afectaciones agrarias, se extinguirán proporcionalmente a la parte de los bienes, afectada, limitándose la garantía de los acreedores, en estos casos, a la parte proporcional de la indemnización que se otorgue a los afectados conforme a este Código".
Precedentes
Queja en amparo civil directo 54/51. Sánchez viuda de Taboada Asunción. 2 de mayo de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. Ponente: Carlos I. Meléndez.
Integra jurisprudencia 159/85. Cuarta Parte. Tercera Sala.