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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342168
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 800
INTERES JURIDICO EN EL AMPARO ( NULIDAD DE ESCRITURAS DE COMPRAVENTA).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 800
Si la sentencia reclamada declara la nulidad de la escritura por la cual adquirió el quejoso un inmueble, así como la nulidad de las posteriores escrituras de compraventa que con base en aquella se otorgaron, sin oír ni vencer en juicio a los sucesivos adquirentes, debe estimarse que aunque éstos no hayan intervenido en el amparo, tienen interés en reclamar la nulificación de esas escrituras posteriores, que les causan perjuicios, dada la posibilidad de que se le exija el precio que el mismo recibió al vender a su vez el inmueble.
Precedentes
Amparo civil directo 3847/51. Oribio Josefina y coagraviada. 7 de mayo de 1952. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Carlos I. Meléndez. Relator: Agustín Mercado Alarcón.