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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342195
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 942
SOCIEDAD LEGAL, VENTA DE BIENES DE LA, ANTES DE SU LIQUIDACION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 942
Es nula la venta celebrada por el marido respecto de bienes pertenecientes a la sociedad legal, aun después del fallecimiento de la esposa, si en la fecha de la compraventa no se había todavía liquidado dicha sociedad, ni se había hecho la partición de los bienes correspondientes a la sucesión de la mujer, pues en tales condiciones, el marido estaba imposibilitado para vender bienes que se encontraban en estado de indivisión.
Precedentes
Amparo civil directo 4802/51. Tapia Rosillo María Dolores y coagraviadas. 8 de mayo de 1952. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hilario Medina.