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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342225
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 1298
ARRENDAMIENTO, DECRETO SOBRE CONGELACION DE RENTAS Y PRORROGA DE LOS CONTRATOS DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 1298
El Decreto de diez de julio de mil novecientos cuarenta y dos, que formó parte de las Leyes de Emergencia, se limitó a congelar las rentas y no prorrogó los contratos de arrendamiento; el Decreto de veinticuatro de septiembre de mil novecientos cuarenta y tres, dictado durante el tiempo de suspensión de garantías, congeló las rentas y prorrogó los contratos de arrendamientos y el Decreto de veintiocho de septiembre de mil novecientos cuarenta y cinco, levantó la suspensión de garantías, derogó la legislación de emergencia y dejó en vigor las disposiciones del primero de los citados decretos, pero no así las del segundo de ellos. En consecuencia, debe estimarse que nada impedía legalmente al arrendador, durante la vigencia del Decreto de mil novecientos cuarenta y cinco, dar por terminado voluntariamente el contrato de arrendamiento celebrado por tiempo indefinido.
Precedentes
Amparo 4951/48. Construcciones e Inversiones, S. C. 6 de junio de 1952. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.