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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342239
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 1364
PROMESA DE VENTA RESPECTO DE BIENES QUE FUERON OBJETO DE COMPRAVENTA ENTRE LAS PARTES, NULIDAD DE LA (LEGISLACION DE NAYARIT).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 1364
El contrato de promesa de venta celebrado respecto de un bien que fue objeto de compraventa entre los mismos contratantes, es de los expresamente prohibidos por el artículo 2302 del Código Civil, y se encuentra afectado de nulidad, según lo dispone el artículo 8o. del mismo ordenamiento, por haberse ejecutado contra el tenor de una ley prohibitiva.
Precedentes
Amparo civil directo 106/52. Martínez Quiriarte J. Carmen. 9 de junio de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. Relator: Rafael Rojina Villegas.