Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/342242
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
342242
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 1497

SOBRESEIMIENTO EN EL AMPARO, POR FALTA DE PROMOCION.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 1497

Precedentes

Tomo CXII, página 2573. Indice Alfabético. Amparo directo 4435/51. Sánchez de Bouscoulet María. 13 de junio de 1952. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Carlos I. Meléndez, no voto en este negocio por la razón que se expresa en el acta del día. Relator: Agustín Mercado Alarcón. Tomo CXII, página 1497. Amparo civil directo 3275/51. Ferrer Luis. 13 de junio de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. Relator: Agustín Mercado Alarcón.
Registro digital (IUS): 342242