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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
342287
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 1886

CADUCIDAD EN EL AMPARO, INTERRUPCION DE LA.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 1886

Precedentes

Amparo civil directo 6658/51. Rosenthal Simón. 26 de junio de 1952. Mayoría de tres votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. Disidente: Rafael Rojina Villegas. Ponente: Vicente Santos Guajardo. Quinta Epoca: Tomo CXII, página 1881. Amparo civil directo 6621/51. Autos de Puebla, S. de R. L. 26 de junio de 1952. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Carlos I. Meléndez no intervino en el asunto por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Vicente Santos Guajardo. Tomo CXII, página 1876. Amparo civil directo 5886/51. Villalobos Mena José. 26 de junio de 1952. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Carlos I. Meléndez no intervino en el asunto por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Vicente Santos Guajardo.
Registro digital (IUS): 342287