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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342294
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 2003
SENTENCIAS, NOTIFICACION DE LAS (TERMINO PARA EL AMPARO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 2003
La notificación de una sentencia, hecha en los tableros del Juzgado, no puede servir de base para hacer el cómputo para la promoción del juicio de garantías, si no consta que dicha sentencia se haya publicado en el Boletín Judicial.
Precedentes
Amparo civil directo 4154/45. García Vicente y coagraviados. 4 de junio de 1947. Mayoría de tres votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Disidente: Emilio Pardo Aspe. Ponente: Hilario Medina.