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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342307
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 39
LANZAMIENTO, CONTRAFIANZA IMPROCEDENTE TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 39
La última jurisprudencia de la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, sustentada en asuntos en que la resolución reclamada condena al inquilino a la desocupación de la casa arrendada, se ha definido en el sentido de que no debe admitirse el otorgamiento de contrafianza para que el tercer perjudicado pueda obtener la ejecución del acto reclamado.
Precedentes
Queja en amparo civil directo 379/51. Hernández G. Enrique. 4 de enero de 1952. Mayoría de tres votos. El Ministro Agustín Mercado Alarcón no votó por las razones expuestas en el acta del día. Disidente: Roque Estrada. Ponente: Hilario Medina.