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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342358
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 709
ARRENDAMIENTO, TERMINACION DEL, CUANDO EL PROPIETARIO NECESITA LA CASA PARA HABITARLA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 709
Si el arrendador demandó al inquilino la terminación del arrendamiento, basado en que por prescripción médica tiene que radicarse en esta ciudad y por ello tiene necesidad de habitar el departamento que ocupa el demandado, que es el único de la casa que guarda las condiciones higiénicas, ya que tiene más sol, que se requiere para una persona enferma; y para comprobar su afirmación acompañó el certificado médico respectivo, debe estimarse que dicho certificado, unido al hecho reconocido por el demandado de que el actor sólo es propietario de la casa de que se trata, hacen presumir la necesidad que este último tiene de habitar la localidad arrendada.
Precedentes
Amparo civil directo 5837/51. Cristiani de Esponda Rebeca. 28 de enero de 1952. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Carlos I. Meléndez no intervino en la resolución del asunto por las razones que constan en el acta del día. Relator: Roque Estrada.