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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342365
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 744
PRESCRIPCION POSITIVA, DERIVADA DE INSCRIPCIONES DE POSESION (LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 744
Debe estimarse que la autoridad responsable obró correctamente, si consideró ilegal la declaración de prescripción adquisitiva de un inmueble, derivada de la inscripción de posesión del mismo, por no haberse satisfecho previamente los requisitos señalados en los párrafos segundo, tercero y cuarto del artículo 3023 del Código Civil, como lo dispone expresamente el artículo 3024 del mismo ordenamiento, de acuerdo con los cuales, para recibir la información testimonial sobre posesión, debió hacerse previamente la publicación de la solicitud respectiva, y citarse para dicha diligencia, al tenedor del Registro Público de la Propiedad y a los colindantes del inmueble.
Precedentes
Amparo civil directo 6257/51. Chimal García Francisco. 28 de enero de 1952. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Carlos I. Meléndez no intervino en esta resolución por las razones que constan en el acta del día. Relator: Roque Estrada.