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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342393
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 1662
CONTRAFIANZA EN AMPARO, MONTO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 1662
Es fundada la queja contra la resolución que admite una contrafianza contraviniendo el artículo 126 de la Ley de Amparo, que exige que el importe de aquélla sea bastante para restituir las cosas al estado que guardaban antes de la violación de garantías y también para pagar los daños y perjuicios que sobrevengan al quejoso, en su caso.
Precedentes
Queja en amparo civil 419/51. Cooperativa de Producción Pesquera "Felipe Angeles", S. C. L. 10 de marzo de 1952. Mayoría de tres votos. El Ministro Carlos I. Meléndez no votó por las razones expuestas en el acta del día. Disidente: Hilario Medina. Ponente: Hilario Medina.