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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
342408
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 1919

ARRENDAMIENTO EN NUEVO LEON, CONSTITUCIONALIDAD DEL DECRETO DE SIETE DE JULIO DE 1944, EN MATERIA DE.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 1919

Precedentes

Amparo civil en revisión 943/48. Díaz de Garza Consuelo. 14 de marzo de 1952. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Carlos I. Meléndez no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Relator: Hilario Medina. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo CXII, página 1652, tesis de rubro "ARRENDAMIENTO, CONSTITUCIONALIDAD DEL DECRETO DEL ESTADO DE NUEVO LEON DE 5 DE JULIO DE 1944, EN MATERIA DE.".
Registro digital (IUS): 342408