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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342455
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 345
ACCION PAULIANA, REQUISITOS PARA LA PROCEDENCIA DE LA (LEGISLACION DE MORELOS).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 345
Para la procedencia de la acción pauliana no sólo es necesario que se presuma fraudulenta una enajenación, por existir orden de embargo en contra del enajenante, sino que además deberán dejarse satisfechos los extremos a que se refieren los artículos 2274, 2275, 2277 y 2278 del Código Civil del Estado de Morelos.
Precedentes
Amparo civil directo 2644/51. Castañeda Carmen. 11 de octubre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. Relator: Hilario Medina.