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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
342471
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 531

PROMOCIONES DE LAS PARTES, INCONSTITUCIONALIDAD DE LA DISPOSICION QUE EXIGE LA AUTORIZACION DE LAS, POR LOS ABOGADOS PATRONOS, CON SU FIRMA (LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO).

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 531

Precedentes

Amparo civil en revisión 3915/51. Banda de Arrieta Carmen. 18 de octubre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Carlos I. Meléndez no intervino en el asunto por las razones que constan en el acta. Relator: Roque Estrada.
Registro digital (IUS): 342471