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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342498
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 693
COSTAS EN MATERIA FEDERAL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 693
El concepto de condena en costas que establece el artículo 7o. del Código Federal de Procedimientos Civiles, es el de que la parte que "pierde", sufre esa condena, y el propio precepto precisa el concepto "pierde", cuando el tribunal acoge las pretensiones de la contraparte.
Precedentes
Queja en materia civil 774/40. Fuente Aurelio de la. 22 de octubre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Carlos I. Meléndez no votó por las razones expuestas en el acta del día. Ponente: Hilario Medina.