Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/342516
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342516
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 943
LANZAMIENTO, CONTRAFIANZA IMPROCEDENTE TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 943
La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia ha sustentado el criterio de que en los casos de lanzamiento, no debe admitirse contrafianza, porque con ello se afectarían derechos del inquilino, no sólo económicos, sino también morales, no reparables en la sentencia definitiva.
Precedentes
Queja en amparo civil directo 231/51. Sereno J. Jesús. 29 de octubre de 1951. Mayoría de tres votos. Disidentes: Hilario Medina y Roque Estrada. Ponente: Vicente Santos Guajardo.