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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342564
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1874
COPIAS PARA EL AMPARO DIRECTO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1874
Si aunque el quejoso no adjuntó a su demanda copia certificada de la sentencia combatida, ni consta que la solicitara de la autoridad responsable, la existencia del acto reclamado está acreditada con el informe justificado de dicha autoridad y con los autos originales del juicio, debe entrarse al estudio del fondo del asunto.
Precedentes
Amparo civil directo 5136/51. Rodríguez Marcelino. 7 de diciembre de 1951. Mayoría de tres votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Disidente: Roque Estrada. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.