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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 342565
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1913
ARRENDAMIENTO, DESOCUPACION DE LA CASA OBJETO DEL, CUANDO EL PROPIETARIO TIENE NECESIDAD DE HABITARLA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1913
Si el arrendador demostró que está obligado a pagar renta en casa distinta de la que es de su propiedad, con el contrato de arrendamiento y el recibo de pago de rentas respectivos, que no fueron objetados por la parte contraria, debe estimarse que con ello acreditó la necesidad que tiene de habitar la casa de su propiedad y cuya desocupación solicita.
Precedentes
Amparo civil directo 547/50. Gudiño Martínez Jesús. 28 de febrero de 1951. Mayoría de tres votos. Disidentes: Agustín Mercado Alarcón (ponente) y Vicente Santos Guajardo. Engrose: Roque Estrada.